El Ministerio se opone a la construcción de 2.900 viviendas por la 'caótica' ocupación de la cuenca del Mar Menor

Comarca Mar Menor
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La Oficina Técnica del Mar Menor (OTMM), dependiente del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), ha presentado alegaciones al desarrollo del plan parcial ‘El Escobar’, una urbanización con campo de golf en Jerónimo y Avileses (Murcia), por su posible afección a la laguna y a las obras de lucha contra avenidas que se están proyectando en desarrollo del Marco de Actuaciones Prioritarias para la Recuperación del Mar Menor.

La unidad de actuación del Plan Parcial, que abarca una superficie de 500 hectáreas, dividida en 9 fases de ejecución y un total de 2.900 viviendas, podría tener “impactos negativos” sobre la cuenca vertiente del Mar Menor y, por ende, sobre la laguna, según ha advertido la OTMM.

Este órgano del MITECO ha recordado al Ayuntamiento de Murcia, que ha abierto el plazo de información pública sobre una nueva fase para avanzar en el desarrollo de esta urbanización, que la principal causa de la degradación del Mar Menor ha sido la “caótica” ocupación y transformación de la cuenca vertiente, con la expansión e incremento de las presiones de las actividades agrícolas, ganaderas y urbanas, fundamentalmente, además de las turísticas y mineras.

Existe riesgo de inundaciones

Adicionalmente, otro de los grandes problemas del Campo de Cartagena es el del riesgo de inundaciones, que se ha visto también incrementado por esa desordenada implantación de actividades que ha provocado la ocupación y transformación de los cauces naturales y la expansión del sellado del suelo por la ocupación urbanística.

Plano de la urbanización El Escobar, donde se prevé la construcción de 2.900 viviendas. 

Por ello, la OTMM ha advertido de que este plan parcial, ya ejecutado al 30 por ciento, está ubicado sobre una de las subcuencas hidrográficas con mayor problemática de inundación aguas abajo, en los municipios de Torre-Pacheco y Los Alcázares, como es la de la rambla de la Maraña, que afecta a Áreas de Riesgo Potencial Significativo de Inundación.

De hecho, la CHS y la Dirección General del Agua del MITECO tienen en tramitación ambiental dos zonas de almacenamiento controlado (ZAC) y un sistema urbano de drenaje sostenible (SUDS) de escorrentía en la cuenca de la rambla de la Maraña, cuyo objetivo es minimizar los riesgos de inundación y favorecer la restauración ambiental de este cauce vertiente a la laguna. De hecho, la OTMM ha alertado de que el desarrollo del plan parcial podría interferir con los proyectos en trámite al introducir aguas arriba del mismo un cambio del coeficiente de escorrentía, por impermeabilización y sellado del suelo.

Un plan parcial con más de 20 años de antigüedad

Además, esta unidad del MITECO, encargada de coordinar el Marco de Actuaciones Prioritarias para Recuperar el Mar Menor, ha abogado por revisar la “consistencia” y los efectos adversos de esta propuesta tras transcurrir más de 20 años desde la aprobación del plan parcial, un periodo en el que se han producido avances normativos, cambios de paradigmas y consenso sobre los efectos cada vez más virulentos de los periodos de sequía e inundaciones debidos al cambio climático.

La OTMM ha apuntado que la memoria del proyecto refleja que los objetivos del desarrollo territorial de las pedanías del Campo de Murcia, con un “extraordinario valor ambiental”, mediante estas urbanizaciones, como eran atraer inversiones y nueva población de clase media extranjera, no se han cumplido, mientras que sí se ha producido una degradación ambiental del ámbito, la transformación de cauces, la pérdida de biodiversidad y el consumo de agua potable para mantenimiento del campo de golf.

Por tanto, el MITECO considera “muy conveniente”, antes de desarrollar todo el plan parcial ‘El Escobar’, esperar a que se apruebe el Plan de Ordenación Territorial de la Cuenca Vertiente (POTCV), que debía haber entrado en vigor en julio de 2023, según la Ley 3/2020 de Protección y Recuperación del Mar Menor, para tener un “buen diagnóstico” y una ordenación del territorio actualizada, además de evaluar ambientalmente la incidencia de dichos desarrollos y el modelo propuesto.

Precisamente, una de las alegaciones presentadas al Documento de Alcance del futuro POTCV es que el planeamiento urbanístico aprobado como suelo urbanizable en el Campo de Murcia (19.900 hectáreas) generará la impermeabilización adicional por sellado del suelo de un 33,7 % de esta zona, lo que supone un incremento del riesgo de inundación aguas abajo, debido a la disminución de la capacidad de retención del suelo y al aumento de los caudales y la erosión, tanto sobre las infraestructuras, como sobre los núcleos urbanos, las zonas agrícolas, y, por descontado, sobre el Mar Menor. 

Al respecto, la OTMM ha alegado la necesidad de cumplir el Reglamento del Dominio Público Hidráulico y que estas nuevas urbanizaciones incluyan un estudio hidrológico-hidráulico justificativo, en el que contemplen sistemas de drenaje sostenible para mitigar el eventual incremento del riesgo de inundación.

Finalmente, entre otras consideraciones, la OTMM ha remarcado que el diseño de la urbanización provoca la “desnaturalización” de uno de los cauces afectados y mezcla agua limpia (lluvia) con las aguas fecales, incrementando la demanda en la depuradora y el riesgo de vertido a cauce público por desbordamiento.

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