Una conductora sin carné causó dos accidentes circulando en sentido contrario por la AP7

Cartagena
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Circuló más de 6 kilómetros en sentido contrario por la autovía, colisionó con tres vehículos, causando lesiones a dos de los conductores, y huyó del lugar del accidente. Cuando la Guardia Civil detuvo a esta conductora 'kamikace', dio positivo en el test de drogas. 

La Guardia Civil de la Región de Murcia ha investigado a la conductora de un turismo que circuló más de seis kilómetros en sentido contrario por la autovía del Mediterráneo y que, además, carecía de permiso de conducción y arrojó positivo en un primer test indiciario de consumo de droga.

La investigación se inició a primera hora de la mañana del pasado día 30 de marzo, cuando el Centro Operativo de Tráfico (COTA) del Sector de Tráfico de la Guardia Civil de Murcia tuvo conocimiento de un accidente de circulación a la altura del kilómetro  801,900 de la autopista AP-7 (Tramo Crevillente-Vera), en el que se hallaban implicados dos vehículos.

Guardias civiles del Destacamento de Tráfico de Cartagena se desplazaron al lugar y verificaron que el siniestro había consistido en la colisión fronto-lateral entre dos turismos, en el que resultó herida leve una conductora de 58 años de edad, vecina de San Javier y daños materiales en su vehículo, mientras que el otro vehículo implicado en el siniestro vial, un Seat Ibiza que circulaba en sentido contrario, había abandonado el lugar momentos después de causar el accidente.

Poco después del primer siniestro, otro aviso alertó a la Guardia Civil de un nuevo accidente ocurrido en las proximidades de la Venta San José, Cartagena, por la colisión de un turismo de la misma marca y modelo, que también circulaba en sentido contrario, contra otro conducido por una mujer de 63 años edad, vecina de Cabo de Palos (Cartagena), que resultó herida leve y daños materiales en su vehículo.

La búsqueda del conductor huido resultó positiva ya que, debido a los daños estructurales que presentaba la carrocería de su vehículo, no pudo continuar la marcha y se detuvo. La conductora –una ciudadana marroquí, de 43 años y vecina de Los Alcázares– fue sometida a las preceptivas pruebas de alcoholemia y drogas; y  arrojó positivo al test indiciario de drogas por presencia de THC.

Conforme al procedimiento establecido le fue obtenida una muestra salival que fue remitida a un laboratorio acreditado de referencia, concertado por la Dirección General de Tráfico, para contrastar el primer resultado indiciario provisional de la presencia de drogas en el organismo. 

Las pesquisas practicadas permitieron averiguar que esta conductora había realizado una maniobra antirreglamentaria de cambio de sentido y había circulado cerca de siete kilómetros en sentido contrario al estipulado, dirección Alicante, por los carriles establecidos para sentido Vera (Almería).

Por todo ello, la mujer resultó investigada como presunta autora de delitos contra la seguridad vial, por conducción temeraria, carecer de permiso de conducir, abandono del lugar del accidente y de lesiones por imprudencia.

La persona investigada y las diligencias instruidas fueron puestas a disposición del Juzgado de Instrucción número 2 de Cartagena (Murcia).

El delito de conducción temeraria se encuentra recogido en el artículo 381 del Código Penal y puede ser castigado con penas de prisión de 2 a 5 años, multa de doce a veinticuatro meses y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante un período de seis a diez años.

Por otro lado, el delito de conducción de un vehículo a motor sin haber obtenido nunca permiso o licencia, se encuentra recogido en el artículo 384.2 del Código Penal y puede ser castigado alternativamente con penas de prisión de 3 a 6 meses, multa de 12 a 24 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.

A su vez, el delito de abandono del lugar del accidente, se encuentra recogido en el artículo 382 bis del Código Penal y puede ser castigado conjuntamente con penas de prisión de 3 a 6 meses y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante un período de seis meses a dos años.

Además, causar lesiones a una persona por imprudencia grave utilizando un vehículo a motor o ciclomotor, se encuentra recogido en el artículo 152.2 del Código Penal y puede ser castigado conjuntamente con penas de prisión de 3 meses a 3 años y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores entre uno y cuatro años.

Con respecto a circular con el vehículo teniendo presencia de drogas en el organismo, viene recogida esta infracción administrativa en el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, donde en su artículo 14.1, lleva consigo una sanción por un importe de 1.000 euros y la detracción de 6 puntos en el permiso de conducción, siendo la autoridad conocedora de la misma la Jefatura Provincial de Tráfico de Murcia. 

La Guardia Civil de la Región de Murcia apela a la conciencia cívica de los ciudadanos para que avisen al teléfono 062 (Guardia Civil)  o 112 (Emergencias) o directamente a las patrullas en servicio, cuando se encuentran con situaciones anómalas o maniobras irregulares que den lugar a pensar que los conductores lo hacen bajo la influencia de drogas o alcohol, con la finalidad  de poder adoptar las medidas policiales oportunas para evitar posibles accidentes.

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